El 7 de octubre entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022, que introduce una novedad importante: las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual a su plantilla.
La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual establece nuevos derechos y obligaciones, te los resumimos a continuación:
Se recogen nuevos derechos para las trabajadoras víctimas de violencia sexual, podrán solicitar:
Reducción de su jornada.
Re-ordenación de su tiempo de trabajo.
Adaptación de su puesto de trabajo y los apoyos que necesiten por razón de su discapacidad para la reincorporación.
Cambio del centro de trabajo.
Movilidad geográfica.
Suspensión de la relación laboral con reserva de su puesto de 6 meses. Esta suspensión podrá ser prorrogada hasta un máximo de 18 meses por un juez.
Extinguir el contrato laboral.
Las víctimas de violencia sexual tendrán derecho a acceder a la protección por desempleo. Si se trata de una autónoma que cesa su actividad por motivos de protección o asistencia social, podrá solicitar el cese temporal de actividad.
Las ausencias o faltas de puntualidad a causa de situaciones físicas o psicológicas que tengan su origen en violencia sexual estarán remuneradas y se considerarán justificadas cuando se establezca por los servicios de salud o servicios sociales. La trabajadora tendrá que comunicar las citadas ausencias a la empresa lo antes posible.
El contrato de interinidad para cubrir a víctimas de violencia sexual tendrá una bonificación del 100% para las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes durante todo el periodo de suspensión. Si se trata de una movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo, se podrá aplicar la bonificación hasta 6 meses.
Las autónomas TRADE víctimas de violencia de género o sexual podrá adaptar su horario y suspender su contrato por motivos relacionados con la violencia sexual.
La violencia sexual podrá ser causa de extinción del contrato.
El periodo de suspensión con reserva de puesto por violencia sexual se considerará como cotizado de cara a futuras prestaciones como incapacidad, jubilación, maternidad, desempleo, etc.
Las empresas deberán formar a su plantilla para la protección integral contra la violencia sexual.
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